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La Unión Europea establece un calendario progresivo para incorporar energía solar en determinados edificios
La Directiva europea de eficiencia energética de los edificios fija fechas entre 2026 y 2031 para incorporar energía solar en edificios nuevos, públicos y no residenciales, cuando sea viable.
La revisión de la Directiva de eficiencia energética de los edificios (EPBD) impulsa la energía solar fotovoltaica y térmica en edificios residenciales y no residenciales, según la Comisión Europea.
El calendario es progresivo:
- Edificios nuevos con solicitud de licencia posterior al 29 de mayo de 2026: deben diseñarse para optimizar su potencial solar.
- Nuevos edificios no residenciales con licencia solicitada desde el 1 de enero de 2027: instalaciones solares cuando sean adecuadas y viables.
- Edificios públicos existentes de más de 2.000 m² desde 2028, de más de 750 m² desde 2029 y de más de 250 m² desde 2031.
- Edificios no residenciales existentes de más de 500 m² cuando se realice una reforma importante o una obra que requiera permiso, desde 2028.
- Nuevos edificios residenciales con licencia solicitada desde el 1 de enero de 2030.
Cada Estado miembro fijará los criterios nacionales de aplicación.
Qué significa esta evolución
La directiva no obliga a que todas las viviendas existentes instalen placas solares. Solo afecta a determinadas categorías de edificios y siempre que la instalación sea técnica y económicamente viable. En España, la aplicación dependerá de la trasposición nacional.
Fuente: Comisión Europea · 2026
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